Concepto y ámbito espacial

RD Legislativo 1/1993, de 24 de Septiembre
"BOE" 20-10-1993

I. Concepto

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un impuesto de naturaleza indirecta que grava:

  • las transmisiones patrimoniales onerosas
  • las operaciones societarias
  • y los actos jurídicos documentados

Está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, publicado en el "BOE" de 20 de octubre de 1993.

II. Ámbito Espacial

El artículo 6 del Real Decreto Legislativo se refiere al ámbito de aplicación territorial del impuesto y señala como criterios de exigibilidad del impuesto la "lex rei sitae" y la residencia efectiva.

Se exigirá el impuesto:

  • por las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes y derecho situados, que puedan ejercitarse o cumplirse:
    • en territorio español
    • en territorio extranjero si el obligado al pago reside en España, salvo
      • bienes y derechos inmobiliarios sitos en el extranjero
      • transmisiones patrimoniales realizadas en el extranjero con efectos sólo en el extranjero
  • por las operaciones societarias de entidades residentes en España
  • por los actos jurídicos documentados formalizados en España o en el extranjero si surten efectos en España.

Lo dicho en relación con el ámbito espacial del impuesto debe entenderse sin perjuicio de lo establecido en Tratados Internacionales que forman parte del ordenamiento interno y en el Concierto y Convenio vigente con el País Vasco y Navarra, respectivamente.

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